ACLARACION
Buenos Aires, Diciembre 5 de 1876.
Declárese que en el crédito reclamado deben comprenderse los intereses á estilo del Banco de la Provincia desde la notificacion de la demanda.
JOSE BARROS PAZOS.—J. B. GOROSTIAGA.— 4. DOMINGUEZ.—S. M. LASPIUR.
—-———ittéám—
CAUSA CLY.
El Fisco Nacional contra A. Devoto y hermanos, sobre comiso.
Sumario.—Los efectos que se trasborden sin intervencion del Resguardo, si constan en el manifiesto del buque, pagan derechos como introducidos á plaza.
Caso.—Diectado el fallo de la Suprema Corte de 15 Febrero de 1876, el Juez de Seccion despues de oidos á los Sres. De
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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:319
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