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Fallos: 179:325 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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se sobre el fondo del derecho invocado: ¿Es Bonvieini o no dueño de la tierra expropiada por el P. E, de la Provincia de San Juan? La demanda contiene la historia puntual del título que ha acreditado durante la prueba. Don Saturnino de la Precilla compró a la Provincia de San Juan en remate público, escriturado ante el Escribano don Ramón Jofré en 29 de julio de 1856, 408 enadras de terreno pedregal..., ubiendo distante como dos y media leguas hacia el poniente de la Plaza principal, lindando por este viento con las lomas denominadas "Los DiviSaderos", el primor paso del Estero del Zonda y el Cerro; por el Norte, con terrenos de doña Petrona ° Martínez, don Manuel Atencio, doña Mercedes Moyano, don Josú Astorga, los señores Lozada y dicho Astorga; al Sud, con don Felipe Kelar y por el Naciente linda en parte con dicho Kelar, Atencio, don Tiburcio Sarmiento, don Juan José Gómez y don Timoteo Maradona" (fs. 60).

Al comprador sevor Precilla, heredaron este inmueble eus hijos doña Clara Precilla de Jameson, don Saturnino de la Precilla, don Enrique de la Precilla, cada uno una sexta parte y las otras tres sextas partes su señora viuda de primeras nupcias, doña Clara Rufino de Rogers (fs. 3, 6, 15, 53, 56, pericia de fs. 71).

El actor reunió cinco sextas partes o sen el total, a excepción de la parte del heredero don Enrique, con quien dividió el condominio en 1909 (fs. 54 del exp. de expropiación).

En todas las transmisiones se reproducen las medidas y linderos del título originario.

Lo relativo a la denominación administrativa del departamento en que se halla el inmueble es explicado en la demanda y no ha sido contradicho. informe

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:325 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-179/pagina-325

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