oficinas anexas en el centro de la Plaza Independencia.
Que el 5 de agosto de 1927 se dictó el deereto N" 554 bis en que se ordenaba la licitación pública de la obra. Que hecha la licitación el día 11 de octubre subsiguiente "coneurrieron tres interesados entre ellos la empresa que representa. Que por ser la propuesta de ésta más baja en $ 180.750.06 con respecto a la menos elevada de las dos restantes lo fué ndjudienda la construeción de acuerdo al decreto N° 748, en que se aprobó la licitación y se autorizó al Ministerio de Obras Públicas a suscri bir ad referendum el contrato respectivo, los planos correspondientes, el cómputo métrico y las cláusulas generales, documentos todos que fueron suscritos el 4 de noviembre de 1927 por una y otra parte. El contrato con los doeumentos fué aprobado por deereto del 7 de noviembre, bajo el N" 773 y por el mismo se lo mandó elevar a escritura pública, la que se celebró el 29 de noviembre de 1927, siendo firmada por el Gobernador y Ministro del ramo. Que la construeción debía hacerse bnjo la dirección técnica de dos arquitectos que habían proyectado la obra y bajo la vigilancia de un ingeniero nombrado por el P, E. La empresa debía poner los materiales y mano de obra, de acuerdo con las indienciones y fines que los planos y cláusulas generales determinaban, Los precios unitarios se indican en el art, ?, los que aplicados al cómputo métrico oficial de la licitación, hacían ascender la obra a $ 5.651.322.84 Esta cantidad sólo podía alterarse por las ampliacio nes, modificaciones y reducciones que se introdujeran durante el curso de la obra. (art. 4, fs. 14). Por el art.
3 Jas obras realizadas y visadas por los arquitectos y ol ingeniero inspector debían liquidarse y pagarse mensualmente. En caso de no pagarse las planillas correspondientes a dos meses los construetores podían parali
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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:254 
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