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Fallos: 178:432 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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Juicio: S. A. Bodegas y Viñedos Santiago Graffigna Ltda. v.

Provincia de San Juan.

Caso: Notificado de la sentencia dictada el 4 de agosto de 1937 vénse pág. 234 de este tomo) el representante de la Provincia de San Juan dedujo el recurso de revisión, sosteniendo que el Tribunal había omitido pronunciarse acerca de una cuestión planteada por st mandante con respecto a la validez de la protesta. Afirmaba el recurrente que, como lo había manifestado en la contestación a la demanda y en el alegato, la protesta carecía de valor por cuanto el recibo del telegrama mediante el cual aquélla había sido formulada, no había sido firmado por la persona E quien iba dirigido sino por un desconocido, y agregaba que el recurso de revisión procedía por cuanto el Tribunal no había considerado esa cirennstancia en la sentencia.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, septiembre 22 de 1937.

Y Vistos: parn resolver el recurso de revisión deducido a fs, 205 por el representante de la Provincia de San Juan, y Considerando:

Que en la sentencia definitiva pronunciada a fs.

197 por esta Corte Suprema, no se ha incurrido en la omisión invocula por el recurrente.

Que, por el contrario, y aun euando por considerarlo innecesario, el Tribal no se haya detenido a demostrar la inconsisteneín de los argumentos expuestos por la demandada, en la sentencia ha resuelto el punto elara y explícitamente, en el sentido de que la parte netora ha justificado haber camplido el requisito de la protesta, Que, por otra parte, es de observar que para resolver así la enestión, Je ha bastado invocar, como lo

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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:432 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-178/pagina-432

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