2" La pensión civil y la pensión graciable obtenidas por la Rs los hijos del causante, excluyen la indemnización fundada en la muerte de aquél, ocurrida en acto de servicio.
Juicio: Borghi de Fernández Josefina M, y otros v. la Nación 5. indemnización de daños y perjuicios.
Caso: 1" El 5 de julio de 1932, en cireunstancias en que había ido a buscar los enfermos que habitualmente trabajaban en la usina de la Colonia Nacional de Alienados doctor Domingo Cabred, en Opendoor, el jefe de pue usina don José Fernández, fué atacado por uno de dementes re.
cluídos en ese establecimiento, llamado Manuel Alí, quien con un arma cortante que tenía orulta, le infirió una puñalada que le ocasionó la muerte, 2° Fundada en esos hechos y en los arts. 1109, 1113 y 1112 del Código Civil, la señora viuda de José Fernández, por sí y por sus hijos menores, inició demanda contra la Nación, para obtener el resarcimiento del daño que estimó en $ 25.000 m[n., si bien más tarde consintió la sentencia del señor Juez Federal — confirmada por la Cámara — que fijó la suma de $ 20.000 mi en concepto de indemnización.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, mayo 10 de 1937.
Y Vistos: El juicio seguido por Josefina María Borghi de Fernúndez, por sí y sus hijos menores, eontra la Nación, por indemnización de daños y perjuicios, venido en apelación ordinaria contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital, que condena a la Nación a pagar la suma de pesos veinte mil moneda nacional, con intereses y costas; y Considerando :
3° Que por decreto del Poder Ejecutivo de fecha enero 24 de 1936, se acordó a la señora viuda de
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Año: 1937, CSJN Fallos: 177:417
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