Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 175:84 de la CSJN Argentina - Año: 1936

Anterior ... | Siguiente ...

que para el mismo caso podría aplicarse principios diversos.

Er, mérito de lo expuesto y de acuerdo con lo dictaminudo por el señor Procurador General, se confirma la sentencia de la Cámara Federal de La Plata en cunnto ha podido ser materia del recurso. Notifíquese, repóngase el papel y devuélvanse.

ANTONIO SAGARNA. — Luis Linares. — B. A. Nazan
ANCHORENA, — Juan B.
TERAN.

SUPERINTENDENCIA — FIRMA DE OFICIOS Y COMU.

NICACIONES POR LOS SECRETARIOS.
SUMARIO: No corresponde autorizar a los Secretarios de los Juzgados de Sección para suscribir oficios y comunicaciones expedidos en los juicios.

JUICIO: Juez Federal de Mendoza, solicita nutorización.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, abril 16 de 1936.

Suprema Corte:

El Señor Juez Federal de Mendoza solicita autorización para que los Secretarios de dicho Juzgado puedan firmar los oficios y comunicaciones expedidos cn los juicios, excepción hecha de aquellos que se dirijan a tribunales superiores, a Jueces de igual categoría o a representantes de otros poderes públicos.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

62

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1936, CSJN Fallos: 175:84 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-175/pagina-84

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 175 en el número: 84 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos