FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
sentencia apelada. — Buenos Aires, septiembre 13 de 1933.
Horacio R. Larreta
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, abril 24 de 1936.
Y Vistos: Los del recurso extraordinario deducido en el juicio Piria don Francisco v|. don Angel Mariano Balaija sobre interdicto de recobrar la posesión contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de La Plata que declara la incompetencia de la justicia federal; y Considerando:
1° — Que en este juicio se ha invocado por el actor en su primer escrito las garantías de los arts. 17 y 18d.
la Constitución Nacional.
2 — Que el fallo recurrido aplica el art. 70. de lu misma e interpreta la ley de jurisdicción federal en sentido contrario al derecho invocado, 3 -— Que en consecuencia es procedente el recurso extraordinario, según el art. 14, inc. 1o. de la ley 48: asi se declara.
4 — Que en el presente caso el actor promueve demanda para ser reintegrado en la posesión de una fracción de tierra de la que se dice desposcido por cumplimiento de una sentencia de lanzamiento dictada contra otra persona por un señor Juez en lo Civil de la justicia ordinaria de la provincia de Buenos Aires, sentencia que no pocia oponérsele por no haber sido parte en el juicio.
5" — Que por tanto era procedente el uso del reme
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Año: 1936, CSJN Fallos: 175:82
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