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Fallos: 173:359 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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Don Luis Martin Tirabasso, en la causa seguida en su contra por defraudación. Contienda de competencia.

Sumario: El Juez del lugar donde se tramita la sucesión del causante, es el competente para conocer en la acción criminal por falsificación seguida contra los que intervinieron en el otar- gamiento, endoso y aval de un pagaré para defraudar a aquélla, no obstando a esa solución la circunstancia de haberse concluido esos actos en otras localidades, desde que ello revestiria calidad de preparatorios con relación al delito intentado contra la sucesión.

Cuso: Lo explican las siguientes piezas:


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 29 de 1935.

Suprema Coste:

No encuentro en estas actuaciones razón suficiente como para que se dé cumplimiento a lo dispuesto por el art. 39 del Código de Procedimientos Criminales en cuanto establece que los trihunales de la Capital Federal juzgarán primeramente en los casos en que uno o más delitos pertenecieran, además, a la jurisdicción provincial.

Se trata, en efecto, en este caso, de un hecho que reviste, prima facie, dos aspectos delietnosos: primero, la falsificación de un documento privado que se descontó en esta Capital, obteriendo por él setenta y cinco mil pesos; luego, la presentación de ese documento por el adquirente, en una testamentaria de Había Blanca, para hacer efectivo su valor, temativa que no tuvo éxito,

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:359 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-359

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