Túpotecarios con el capital en circulación, y demuestra, con cis fras, que aquél representa el 7560 por ciento.
Recordó la ley dictada el año 1932 para facilitar los pagos 4 los dendores morosos del Banco Hipotecario Nacional y Ens facilidades y esperas que éste les ha acordado para no agravar más la depresión económica. Cita un fallo de la Cámara Civil de 1920 que no consideró inmoral el cobro del 18 5 amal, sumendo el interés compensatorio con el punitorio y afirma que si ess puedo ser moral entonces. 50 lo es en la actualidad. Citó la ley reciente de E. U, de América que dectaró la nulidad de las clávsutas de hs contratos con pago a aro, modificando así. por la grave emergencia, disposiciones que antes parecian invulnerables; y expres sa los motivos de orden económico que reclaman la sonción de la ley. "Siempre que ha habido dentro de la sociedad una masa amyustiada, la Tegistación ha ido en si auxilio". Y refiriéndose la ya alendonada política económica de "Inisser fair, laisser pas ser", dijo que no era de gobiernos previsores, de legistudores pri «tentes, de políticos perspieaces, y de hombres sensibles al dolor ste stes conciudadanos, el encastillarse en esa cómoda doctrina econúmica de hacer nada esperando las liquidaciones naturales de En erisis", La isemión femistariva 5 «que dió Jugar la ley menicioneaa puso de manifiesto que la erisis que afecta a nuestra economía por la enorme depreciación, tanto de las propiedades ruices, como de los productos nacionales, siendo una reperensión e Li que impera en ode el mundo, es de una extensión e intensidad jamás comocida y especialmente en cuanto se relaciona con el pro de tas oblizaciones hipotecarias, Se dijo que ellas oscilan alrededor de la suma de cimos mil millones inclusive los préstamos del Banco Hipotecario Nacional y del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Es sabido que esa elevada suma ha ido casi totalmente a manos de los industriales y productores que, en el afán de desenvolver y perfeccionar sus negocios no habían trepidado en comprometer su situación, con
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Año: 1935, CSJN Fallos: 172:74
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