cepto constitucional según el criterio de entonces, deba significar hoy según el criterio actual ("visión of our time"). Si se declarara que la Constitución significa hoy, lo que significó en el momento de su adopción, ello importaría decir que las grandes cláusulas de la Constitución deben confinarse a la interpretación que sus autores les habían dado, en las circunstancias y con las perspeetivas de su tiempo, y ello expresaria su propia refutación".
Para prevenirse contra tal concepto estrecho, fué que el presidente de la Corte Mr. Marshall expresó t: memorable lección :
"No debemos olvidar jamás que es una Constitución lo que estamos interpretando (Mac, Culloch v. Maryland, 4 Whcat 316, 407) una Constitución destinada a resistir épocas futuras, y consiguientemente a ser adaptable a las variadas crisis de los asuntos humanos", Cuando consideramos las palabras de 1a Constitución, dijo la Corte, en Missouri v. Holland, 252 U. 5. 416.
433, debemos darnos cuenta (o hacernos cargo: "realize") que ellas dieron vida a un ser cuyo desarrollo no pudo ser previsto completamente por sus creadores mejor dotados... El caso que examinamos debe ser considerado a la luz de nuestra experiencia total y no solamente en lo que se dijo un siglo ha".
Antes de continuar con la sintesis de la jurisprudencia americana, es interesante y de la mayor importancia el advertir, que .
ese concepto amplio, de uno de los más grandes jueces norteamericanos ( Marshall), que destaca el presidente de la Corte Americana Mr, Hughes, al que adhirió antes —Marzo 20 de 1922— «el ex Presidente de la Nación, como presidente de la Corte Mr.
Tait ("in re": Lenvy Leasing Co, v. Siegel 258 U, 5. 242, caso de la ley de alquileres de Nueva York) es el mismo que expresó el eminente magistrado y jurisconsulto Ballot-Baupré. primer presidente de la Corte de Casación, en ocasión de celebrarse el centenario del Código Civil francés. Decia que muchos jueces franceses a semejanza de los ingleses y norteamericanos "habían sabido no solamente aplicar la lev cuando era obscura sino completarla cuando cra deficiente, suplirla cuando les parecia muda, y adaptar el texto, liberal y humanamente, a las realidades y
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Año: 1935, CSJN Fallos: 172:55
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