co, previo estudio de la comisión didáctica, y ni ésta produjo dictamen, ni la Facultad resolvió nada acerca d" la suspensión de Godoy, que era lo que le encomendaba el Consejo Superior— fojas 101 vuelta, expediente agregado.
En julio 2 de 1919 los alumnos de esa Facultad expresan en un memorial dirigido a la Universidad, su sorpresa porque el asunto Godoy no ha sido resuelto todavía definitivamente, página 14, antecedentes, y el Consejo Superior se reune el 5 de esc mes y año resolviendo nombrar una comisión que practicara la investigación pedida por los alumnos y aconsejase la resolución definitiva que corresponda adoptar — fojas 102 expediente agregado.
Esa comisión produdo dos informes y en sesión del Consejo Superior fecha Octubre 4 de 1919 al referirse el miembro de aquella, ingeniero Besio Moreno a la situación del profesor Godoy, dijo: "que el expediente que se formó y que motivó la resolución de suspensión del Consejo Superior pasó a la Facultad y hasta ahora no ha vuelto para adoptar la medida definitiva que corresponda y que debe ser solicitada por el Consejo Académico".
En esa sesión se expusieron además, diversas reflexiones interesantes acerca de la situación de Godoy, resolviéndose "que no puede tomar parte en las asambleas de profesores por cuanto se encuentra legalmente suspendido por el Consejo Superior en el ejercicio de su cátedra", sin perjuicio de lo cual, Godoy es convocado por la secretaría del Consejo Superior a la asamblea de Noviembre 8 siguiente a la que concurre.
En la reunión del Consejo Superior celebrada el 17 de Octubre de 1919, se puso a consideración el cuarto punto del dictamen de la comisión (cátedra del profesor Godoy), manifestando el señor Rojas que: "hay sin duda, una contradicción en el dictamen de la comisión, porque sólo se acepta la suspensión como medida preventiva y ahora se trata de convertirla en separación..."
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Año: 1935, CSJN Fallos: 172:410
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