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Fallos: 170:256 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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legal de la expresada menor, ésta sólo tenía derecho a la mitad de la pensión y no acrecía a su favor la otra mitad que correspondía al padre del causante, —[ En el sumario instruido a Roberto Tavolino, chanffeur del Agregado Comercial de la Embajada de los Estados Unidos de Norte América, con motivo de un accidente ocurrido en la vía pública del que resultó víctima Francisco Recchia, la Corte Suprema con fecha 16 de Marzo de 1934, y en razón de no aparecer de las actuaciones que hubiera mediado el sometimiento del denunciado a los tribunales del país, declaró que el Tribunal carecia de jurisdicción para conocer y decidir en la causa, ordenando, en consecuencia, que previa remisión de las actuaciones en copia legalizada al Poder Ejecutivo, a los efectos que hubiere lugar, se reservase sin más trámite.

En la causa seguida por doña Ingrassia Baldasare contra Francisco y Juan Delbo, sobre cobro de pesos, la Corte Suprema, con fecha 21 de Marzo de 1934, de conformidad con lo expuesto y pedido por el Procurador General, revocó la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de la Capital, confirmatoria, a su vez, de la del Juez Federal que resolvia la incompetencia de a justicia federal, declarando que ésta era competente para como cer en la catisa, Don José Ignacio Rios contra la Provincia de Buenos ¿lires, sobre incoustitucionalidad de ley y devolución de divero.

Sinario: El impesto de la Jey 4069 de la Provincia de Buenos Aires (Camino de La Plata a Avellaneda) no afecta en un

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Año: 1934, CSJN Fallos: 170:256 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-170/pagina-256

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