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Fallos: 17:385 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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4° Son consecuencia inmediata y direct: de aquella los intereses del dinero, y los gastos hechos para su entrega, Caso.—Los Sres. Anderson y Russell, de Buenos Aires, remitieron 4D. Santiago Pedezert, al Paraná, en 12 de Febrero de 1875, un cajon conteniendo diez mil pesos fuertes por medio del vapor «Primer Argentinos al mando de don Gerónimo Verdeal, debiendo ser entregado el cajon á la feliz llegada de dicho vapor al puerto del Paraná.

— El vapor llegó el 15 de Febrero, pero no tenia á su bordo el cajon de dinero, que recien llegó cun otro vapor el 18 del mismo mes al Paraná.

El Sr. Pedezert alegando que ese dinero era destinado ú la compra de ganados por cuenta de los remitentes, y que la falta de su entrega habia causado la disolucion de los contratos de compra, haciendo perder á los dueños del dinero el Juero de un peso por cabeza, y á él la comision, y provocado gastos en las diligencias practicadas para conocer el paradero del cajon, y poder conseguir su entrega, demandó al capitan del vapor por el pago de la sama de 3544 pesos fuertes en que avaluaba los daños y perjuicios, y acompañó la cuenta detallada de ellos, cuyas partidas 5', 6° y 7" se referian ú los gastos indicados.

Negúdose por el capitan su responsabilidad por los perjuicios reclamados por no ser consecuencia directa de la falta de entrega de dinero, y el derecho á cobrar la indem nizacion de gastos por el vicio de plus petition en la demanda, despues de producidas las pruebas, se dictó el siguiente Fallo del Juez Seccional, | Paraná, Octubre 2 de 1875, Vistos: astos nutos seguidos por D. Santingo Pedezert i

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:385 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-385

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