806 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE L reciamo aparte de la materia del pleito y de los daños y —— perjuicios. 3 Que en virtud de estos antecedentes, la parte del capitan —— presentó escrito, manifestando que iba 4 hacer valer esas acciones; pero que habiendo el Juez manifestado opinion — en el auto mencionado f. 218, por lo que debía considerarse — impedido, correspondia dársele los testimonios competen.
tes para ocurrir ante el otro Juez con el objeto indicado.
Que el Juzgado no hizo lugar á tal procedimiento y apelado este auto, la Suprema Corte resolvió qué no habiendo —— aun sido fallada la cuestion principal sobre cobro de fletes, — ni habiéndose tampoco entablado en forma la demanda que se anunciaba sobre indemnizacion de daños y perjuicios por la detencion del vapor, se confirmaba dicho auto en cuanto importaba no hacer lugar á la solicitud deducida — parn que el juez se declarase impedido. Que atento lo espuesto entablaba con arreglo al convenio celebrado antela — Corte, la demanda por los daños y perjuicios causados al vapor «Washington», en virtud de la orden de deteñcion cuando ya estaba el buque cargado y pronto para empren- — der viage, cuyos perjuicios estima en 3,500 libs. esterlinas — con los intereses y las costas. > En un otrosí, dijo que con arreglo á lo espuesto y habiendo el Juez manifestado opinion en el punto materia de — este asunto, lo recusaba de conformidad al art. 43 inciso 7° :
de Ia ley de Procedimientos y pedia se pasase la demanda — con los testimonios competentes al otro Juez de Seccion, — a Fallo del Juez de Seccion. > Buenos Aires, Noviembre 10 de 1875, 3 En lo principal traslado y al otrosí, no manifestándose — por el solicitante que el Juez haya dado ó emitido opinión, — o.
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:306
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