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Fallos: 17:243 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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Fallo del Juez Seecional, Mendoza, Junio 7 de 175, Y vistos: estos autos seguidos entre D. Alejandro Llove ras, como apodermilo de D. Dionisio Varela, y 1D. Juan 6, Molina por sí y eu representacion Je sus hermanos DD), Sisto, D. Bruno y 14 Sista Molina, por enntidad de pesos que el primero cobra á los cuatro últimos, como herederos del finado prulre de ells D, José 1. Mulina.

El primero, acompañando ena cuenta por valor de ps, hal. 4020, deduce demanda por dicha cantidad conten los últimos, espresando «ue en el año de 1567, bajo el imperio y por orden del Gobierno de hecho, que ercó la rebelion entonres producida, compuesto de PD. José Hernardo Molina como tiobernador y D Máreos A, Lloverns y D, Federico €. Legrand como Manistros. fué preso en la ciudad de San Juan, en que resida, mirancáudosele del seno de su familia; obligado en seguida, hallándose nun encarcelado, 3 entre gar á dicho Gobierno ua contribución de ¡a tual 2000, destituido luego del puesto de Juez del Crimen, que desempeñaba por nombramiento del Gobierno legal que habia sido derrocado; y inalmente, desterrado á la República de Chile, en direcion á la raal sede hizo salir escoltado por una partida armada que lo comino hasta la Cordillera, Añade que esti artos arbitrarios le han producido perjuicios materinles por valor de la emmtidad idemancrda, segun resulta de Ins diversas partidas de la enenta que acompaña. y que siendo los demandados responsables civilmente, por haber aceptado sin limitación la herencia de su tinado padre de los actos de úste, provede que se Jos condene al prgo con las rostas del jurero.

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:243 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-243

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