CAUSA XXXIII.
1). Santiago Bengolea contra Macias y Montes. sobre cumplimiento de un contrato. Incidente sobre personería.
Sumario.—1° Cuamlo un comisionista contrata á nombre - 6 por cuenta de un tercero, no hay comision sinó mandato.
b 7 Aun cuando el carácter de mandatario no se acredite, E el hecho de entenderse el tercero con el mandante, importa una ratificación que rivalida dicho enrácter.
3 El mandatario, en sus relaciones enn los terceros, solo f responde si contrae á nombre propio.
Caso.—En Setiembre de 1873, D, Guillermo Bertran, vendió á Macías y Montes, por cuenta de D. Santiago Beny golea. un cargamento de mas 6 menos, 15,000 quintales de :
e carne, que debia entregarse en San Nicolás de los Arroyos.
+ Habiendo surgido algunas dificultades en el cumplimien to de este contrato, Macias y Montes y Bengolea, nombra E roná D, Apolhnario Benitez para dirimirlas, pero Benitez se vseusó despues de algun tiempo.
E En Junio de 1574, Bengolea demandó ante el Juez de H Comercio de la Provincia, ú Macías y Montes, la suma de L
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:236
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