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Fallos: 17:154 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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154 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 1 2 La copia del comocimiento no es necesaria cuando el enpitan demanda el pago del hele y estadías no con' a los enrgadores, sinú contra los consignalarios del buque, Caso.—El enpitan Mackny de la goleta + Betier consigna.

da á Enrique Ochoa y C°., espaso que habia traido 1055 ppas de vino á razon de 25 francos 50 ets, enda una, con mas la rratificacion de 350 francos, y demandó ú los Senores Oehos y C°, por pago de Netes y estadíns. debiendo dedacirse la soma de 5280 trancos recibidos en enenta T> francos 47 ets, por an giro hecho por él, y los gastos de práctica y manifiestos abonados por los ronsignatarios, ——Los señores Ochon y U" opusieron esveprron por defecto tegnl on la demanda, 17 porque no se fijaba la suma dem «duda, y 2° porque no se acompañaba un ejemplar del co nocimiento, segun el artiento 1211 del Cód, de Comercio, Muekay eonte-10 que enla demanda existian Ins bases para houidar la suma que se demandaba. y que la demi «Ia no se interponia contra dos cargadores, sinó eomtra los consinatarios, y su accion >e fundaba en el contrate de nrrienda del muro, Fallo del Juez de treceion, Duemos Aires. Octubre 2ide 1575 Vistos y considerando: 1 Que, aumpue el demandante neo Fa especificado la cantidad que demania. ha fijado Ins ba ses de sa hquidación lo que es equivalente, Que siendo el pago una escepcion para el demandacio, ns á ¿lá quien inenmbe Jeterminario; bastando que el actor reconozez haber recibido alguno, para no menear en la plas

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:154 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-154

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