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Fallos: 169:48 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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Por ello, pido a V. E. se sirva revocar la resolución de la Exma. Cámara Federal, dejando subsistente la de la Caja Ferroviaria.

Horacio K. Larreta,
PALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 6 de 1933, Y Vistos:

El presente recurso extraordimrio deducido en el juicio CSilcesores de Antonio Mussini, pedido de pensión ferroviaria" contra una resolución de la Cámara Federal de la Capital.

Y Considerando; Que la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Em pleados Ferroviarios, ha decidido y sostenido en el curso de la asa "que siendo los últimos servicios prestados alsolitamente ajenos al régimen de la ley 10.050, es obvio que el causante a la fecha de si fallecimiento no estuvo comprendido por Es leris lación de jubilaciones y pensiones de ferroviarios Y por ende sis Que dichos servicios son los prestados por Antottio Mussini en la Base Naval de Puerto Polrrano en carácter de enpetaz de cuadrilla de vías, hasta el 14 de Septiembre de 1931, fecha en que falleció, Que la Cámara Federal de E Capital, interpretando dispo siciones de las teyes 10,650 y 11.308, artículos 27), ha Tesudo 2 ta conciysión «de que los servicios invocados deber ser emitidos por cuanto aquellas comprenden alos emplezdos y obreros permanentes de las empresas de prevtos y depúsitos de la Repribiica que tengan lineas férseas dentro de su recinto

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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:48 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-169/pagina-48

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