Aduana, sin necesidad de recurrir a la aplicación analógica de la ley civil.
Por ello, la invocación de la clánsula 19 de la Constitución Nacional es improcedente, No lo es menos la de los casos de comiso y abatidono de mercaderas por deterioro que se quiere traer como antecedente, para interpretar las disposiciones citadas. Efectivamente: no se trata aquí de la aplicación de disposiciones penales, que con mayor o menor rigor, se refieren a situaciones completamente distintas :
ti es el caso de mercaderías que se desvalorizan por causas extrañas al destinatario y respecto de las cuales se opta por el abandono, antes de haber irrogado gasto alguno al Fisco. En este ca" se trata de dedimbar los derechos y obligaciones que emerven de una relación puramente contractaril.
Por estas consideraciones y las concordantes, se confirma la sentencia recurrida en cuanto ha podido ser materia «del recurso.
Notifíquese, repóngase el mpel y devuélvase.
Rouato Rererto, + ANTONIO SAGaRNA. — JURIÁN V. Pera.—
A Lvis LINARES,
——.
Don Emilio Kinkelin contra el Gobierno Nacional, por vestitución de derecho de cateo: sobre reconocimiento de perso neria.
Sumario: La Dirección General de Yacimientos Petroliferos Fiscales no es parte en un juicio en que se discute la caduci«dad de una concesión o permiso de cateo. resolución ésti, adoptada por el Ministerio de Agricultura porque el concesionario no había cumplido las condiciones que el Código de
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:287
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