VISTA FISCAL
Señor Juez:
El Juez provincial que entiende en un concurso civil puede .
autorizar al síndico a actuar en papel simple, pero dicha autorización no puede tener otro alcance que a las leyes fiscales de la provincia, en cuyo territorio «dicho Juez ejerce jurisdicción.
Cuando el sindico deba actuar en una jurisdicción ajena +1 la del juez del concurso, es procedente el escricto cumpiimiento "de las leyes fiscales, salvo que la autoridad del lugar, a su re«uerimiento, autorice la actuación en papel simple. No hay que confundir el fuero de atracción del juicio universal, con las leyes impositivas, Por ello, lo dispuesto en el art. 37, inc. 11, ley 11.290 (reformado por el decreto del Gobierno Provicional) y no siendo el caso de los previstos en los arts, 41 y 42 de la ley citada, cumple mantener el auto recurrido, — Dobranich, Despacho, Junio 20 de 1932. - .
AUTO DEL JUEZ DE COMERCIO
Buenos Aires, Junio 24 de 1932.
Y Vistos:
Para resolver lo solicitado a ís. 38: y Considerando :
El sindico del concurso de don Franck Lavalle Cobos substanciado ante los tribunales de la Provincia de Buenos Aires, pide revocatoria del auto de fs. 37 vta. que ordena la reposición «del sellado. fundado en que habiendo sido autorizado a actuar en papel simple por el Juez exhortante, se considera autorizado pa
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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:349
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