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Fallos: 167:26 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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NOTAS
Con fecha cuatro de Noviembre de mil novecientos treinta y dos, la Corte Suprema no hizo lugar a la queja deducida por Mtonio Machicotti, en el incidente sobre su excarcelación, por mierirse de los antecedentes acompañados, que la resolución del Fribunal de Alzada, origen del recurso. no asumía los caracteres de sentencia definitiva, limitándose, por otra parte, a aplicar e interpretar principios de derecho procesal inobjetados En la misma fecha no se hizo lugar. igualmente, + la queja «deducids por don Luis Nalpas, en el juicio promovido con motivo «el secuestro de la pelicula "El Conde de Montecristo", por resultar de las copias acompañadas, que la sentencia origen del recurso, se había limitado a resolver "conforme a las constancias de autos", cuestiones de hecho, al establecer que la pelicula secuestrada a pedido del recurrente, es una producción distinta de la registrada por el reclamante señor Lippizzi, aún cuado ambas puedan haberse inspirado en el mismo asunto, pero con diferentes adaptaciones e interpretaciones; todo lo cual es ajeno 3 la indole del recurso extraordinario, conforme 2 la reiterada jurisprudencia del "Tribemal.

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En la misma fecha no se hizo tugar a la queja deducida por don Luis E. Santos y otros en autos con el Ferrocarril Oeste te Buenos Aires, sobre cobro de pesos, pur inferirse de los anA tecedentes relacionados y copias acompañadas, que la cuestión que ha dado origen al remedio federal imentado fué resnelta por apreciación de la prueba producida y por aplicación e interpretación de principios de derecho común, suficies.:es por sí solos para sustentar el fallo recurrido, con independencia de toda

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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:26 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-167/pagina-26

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