DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERA!
Buenos Aires, Noviembre 30 de 1932.
Suprema Corte:
Se sostiene en esta causa que la represión de los delitos contra el orden público y que puedan afectar la estabilidad de de la prensa — publicaciones contenidas en el diario "La Provincia". de Santa Fe — corresponde a la justicia federal sin que sea óbice para ello lo dispuesto por el artículo 32 de la Constitución Nacional.
Contra la sentencia de fojas 16 que ha desestimado tal alegación, el señor Procurador Fiscal de la Cámara Federal de Apelación del Rosario ha interpuesto para ante Vuestra Excelencia recurso extraordinario de apelación fundado en el artículo 14 de la ley 48, el que le ha sido concedido. L Considero ajustada a derecho esta última resolución, toda vez que en la causa ha quedado planteado el caso federal que puede autorizar la intervención de esta Corte Suprema, en el recurso deducido. s Así lo tiene también resuelto V. E.
En cuanto al fondo del asunto:
Dejando a salvo mi opinión personal, emitida en otras oportunidades, concordante con lo que uniformemente ha sostenido esta Procuración General, de acuerdo, a su vez, con la invariable doctrina de esta Corte Suprema, adhiero al recurso interpuesto y pido a Vuestra Excelencia revoque la sentencia apelada por el señor Procurador Fiscal, declarando que el conocimiento de esta cansa corresponde a la justicia federal, Julián Pas.
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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:135
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