» FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
RESOLUCION DE LA CAJA BANCARIA
Acta N" 318-13-10-931. Sobre aportes del personal de servicio del Banco Germánico de la América del Sud. — Visto el expediente 1883-931, en el cual atento a los informes suministrados por el Banco Germánico de la América del Sud, se ha comprobado que el personal de servicio que dicha umpresa ha ocupado en la limpieza de su edificio desde el 1° de Agosto de 1925 hasta el 1° de Junio de 1931. no se incluia en las planillas de sueldos enviadas a In Ceja, ni se efectuaban los respectivos aportes de ley, y atento el dictamen del Asesor Luro, el Di rectorio resuelve: 1° Que dicho personal de servicio se encucatra comprendido dentro de las disposiciones de la ley 11.575 (art.
7, ines. b) y c), y anteriormente dentro de las disposicionas de la ley 11.232 (Fallos de la Cámara Fe:ieral de 24 ¿e Junio de 1927 €. Banco Internacional del Rio de la Plata), no siendo causa de exclusión de la ley, en que dicho personal sea contratado por el mayordomo del Banco, debiendo en consecuencia efectuar el pago de los aportes establecidos por la ley, a cuyo efecto la Contaquria debe practicar el ajuste de los aportes omitilos, a los cuales deberá cargarse el interés de 6 °/ amual, eapitalizado trimestralmente, ajuste que se practicará en hase al detalle enviado por la empresa referida con fecha 28 de Septiembre y el cual una vez realizado se enviará al Banco Germánico de la América del Sud, para que efectúe su pago dentro del término de dicz días de su recepción, vencido cuyo término será pasible de una multa de $ 200 diarios (articalo 22 de Ta ley).
2 Que en atención a que el Banco no puede facilitar el nombre y apellido de dicho personal. la Contaduria abrirá una cuenta especial donde se depositarán dichos aportes, los erales irán asignándose a las cuentas de los empleados respectivos. a medida que comprueben en debida forma la prestación de servicios, y 3" Solicitar del Banco Germánico de la América del Sil, trate de averiguar el nombre y apeilidos del personal de referencia y lo comunique a la Caja. — F. A, Barroctaycña.
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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:358
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