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Fallos: 165:144 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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L k 1" FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
a Por estos y demás fundamentos contenidos un el fallo de 1° instaneía, se confirma la sentencia de fojas doscientos treinta y une, con costas. Notifíquese a los interesados, repúngase el pa pel y devuélvanse los autos al Tribunal de origen.

KR. Grino Lavar, — ANtoxto SaGARXA. — JuLIÁN V, Prra. — Levis LINARES, Compañia Argentina de Novegación Nicolás Mihamovich Limitada contra los dueños, armadores o agentes del vopor inglís "Duquesa", sobre constitución de tribunal arbitra', Sumario: No procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley número 48, en un caso en que la cuestión plamteuta fué resucita por aplicación e interpretación de disposiciones del Código de Comercio y de cláusulas de la Convención de Bruselas de 23 de Septiembre de 1910, incorporadas 2 qué, Caso: Lo explican las piezas siguientes :


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junto 25 de 1932.

Suprema Cote:

El recurso extraordinario deducido en estos autos ha sido fundado en haberse cuestionado la inteligencia de las cláwsulas «e la Convención de Druselas, de 23 de Septiembre de 1910, aprobadr por la ley 11.132, apoyando la parte recurrente st de

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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:144 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-165/pagina-144

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