Do FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ACLARATORIA (Costas) Buenos Aires, Abril 8 de 1932.
Hágase siher que las costas del recurso extraordinario para ante esta Corte Suprema, deben ser satisfechas en el orden camado, atenta la naturaleza de aquél y de las cuestiones debatidas, Komexto RErerto. — ANTtónIÓ SAacaRNA. — JULIÁN V. Pera.
Compeñia Hispano Americana de Electricidad contra la Provincia de Buenos Aives, sobre cobro de pesos. Excepción de "Titis pendencia".
Smmario: Las gostiones previas imentedas ante la autoridad administrativa, son trámites que no causan instancia ni comprometen jurisdicción; que no importan juicio ni la pérdies del derecho de ocurrir a la autoridad competente, y que no pued n fundar, en consecuencia, la "Titis pendencia" de ducida en un caso, Causa: Lo explica el siguiente:
PALLO UE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Abril 4 de 1932.
Y Vistos:
La excepción de "litis pendencia" opuesta por la provineia de Buenos Arcs en la demanda que por repetición de
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:254
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