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Fallos: 164:252 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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Pou Juan Tarnopolsky contra los señores Rubientcin y Lew, sohre cobro de pesos. Recurso extraordinario.

Sumario: No procede el recurso extraordinario del articulo 14, ley número 48, en un caso en que las cuestiones planteadas fueron resueltas por aplicación e interposición de principiode derecho común.

Cuso: lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL PROCURADOR CEMERAL
a Buenos Aires, Marzo 31 de 1932.

Suprema Corte:

y Considero que el recurso extrrordinario defucido

La cuestión que s comroviene versa exclusivamente sobre materia de indole comercial relativa al cumplimiento del mandato, y la decisión que se ha requerido de los trilumales consiste en ed terminar si el actor tiene derecho a repetir de os deman dados la suma que ha abonado a la Aduana de la Capital. e si ha «debido Cirigir su acción contra ésta para recuperar la sum abonada en virtud del reparo admwero a que dió lugar la introducción de una mercadería. La sentencia de la Excel misima Cámara Comercial resuelve que ha existido de parte del actor un cumplimiento irregubr dei mandato, por lo que le deniega acción para dirigirse contra el mandante, Esta Cecisión no puede ser revisada por Vuestra Excelencia, con arreglo a lo que preceptúa «l articulo 15 de la ley 48, que excluye del recurso extraordinario la aplicación de los Códigos comunes, por lo que

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:252 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-252

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