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Fallos: 164:20 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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Ginés donde permanecieron a la expectativa acompañados del empleado de policia Francisco Maidana y dos vecinos testigos, on Cares Sartorio y don Moisés Zoppú. Que sicnido las enmatro Norms y treinta minos. Es personas mencionadas pudieron al servar como de uma embarcación denominada La Nueva Argentina, amarrada eN el canal, próximo al Igur donde se encontras Tan, eran eliscargados mos hatos y transportados a 1 auto:

mión chapa N7T035 de San Fermndo, estacionado en la ribera > varios metros del río y junto ala calle, Termina esta ope ración y puesto (8 marcha el vehiculo, procedi ron a detencrlo y conducirlo al Jocal de la comisaria, constariido que sis conduetores eran los vecinos José Richa y Humberto Nordoli (acta de fe, 2y 31.

Verivicaulo de immediato el contenido de los veto fardos que conducía el camión, en presencia de los detenidos, demuniciante y testigos de la difivencia, se constató la existencia de los tejidos de sola que aparecen descriptos en el acta de Es. 4 y 5.

2 Interrosudo José Keha (fs. 7. confesó haber procedido por orten e instrueciones de su padre Emilio Richa, a desembare suelo da chata a motor La Nueva Argentina amarrada al mues le del canal de San Fernando, ocho fardos conteniendo sedas, «peración que rextizó con ayuda del peón Humberto Hordofi y del clutero o encargado de la cminreación Hamado José Coppes, que entre dos tres cargaron los fardos desembarcados en el ea= mión de su propietad, chapa 1035 de San Fernado, con el objero e Tevarlos a casa de su gridre, siendo ditenidos por la pos licia al ponerse em marcha; que jgnora quienes sean los remitentes ee la seda, pero sabe viene de Montevideo, no puede jus tificar la procedencia de la mercaderia, ni las condiciones en rue entra a puerto, por carecer en alsoluto de documentación : ignos ra irvalmente si han sido paros los impuestos correspondientes.

Indagado Humberto Bordoli (fs. 9), confiesa su participa ción en el desembarco de la mercadería secuestrada, siendo su relación de los bechos comcidente en todas sus partes com la

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:20 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-20

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