ES JUSTICIA DE LA NACIÓN 159 jándose constancia de que las compañías cesionarias se reservan el derecho de proseguir los trabajos de exploración en los terrenos sobrantes dentro de las zonas de cateo, reserva que ha sido aceptada por la autoridad minera referida.
Que las compañías actoras han eumplido con la ley de reformas número 10.273 y realizado obras de progreso en la provincia de Salta. La Standard Oil ha construido cerca de la estación Embarcación, F. C. C| Norte, provincia de Saliz, una destilería completa para obtener la nata, el kerosene y demás productos derivados del petróleo, que se ofrecen al consumo local con una reducción de precio considerable en relación con los que se payahan antes, importando estos trabajos de exploraciones y explotaciones, ingentes gastos que se detallan por ecnecpto de perforación de pozos, construcción de úleoductos, czminos, cañerías de provisión de agua y de combustible, instala ción de destilerías, tanques, construcción de edificios, adquisición de materiales, mercaderías, equipos, herramientas, cte., ete. com .
sagrando 2 la exploración y explotación de las riquezas perro Hiferas de Sacta la suma de $ moneda nacional 15.451.616,67 en el Tapso de dos años, entregando esa enorme suma y el con= curso de trabajo que ela representa, a la tarea de cooperar al edespertamiento económico de una provincia argentina euando madic lo había intentado antes, provocando una actividad fecunda y un movimiento de producción y de vida en regiones antes sumergidas en la infecundidad y la inacción, Estas transformriciones no pueden contemplarse con indiferencia y menos con " antipatía por los poderes públicos, y tienen derecho a la pro tección de las instituciones judiciales del país, encargadas por ta Constitución de mantener la integridad de los derechos de sus habitantes. Por la ley númreo 10.273, el concesinnario de una mima debe invertir en ella en el término de cuatro años un capital fijo que determina la autoridad minera ; la de Salta fijo $ 40,000 pare la mina Lomitas, y la compañía concesionaria demostró haher invertido $ moneda nacional 380,271.91, suma que sólo re
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:159
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