2" FALLOS DE LA CONTE SUPREMA Don Eduardo O. Sonact contra el ferrocarril Central Argentino.
por indemnización de daños y perivicios. Recurso de hecho.
sumario: Nu procede el recurso del artículo 14. iey número 48, en un caso en que la cuestión planteada fué resuelta por razones de hecho y priieta .
Caro: La explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Ruenos Aires. Diciembre 12 de 19:11 .
Suprema Corte:
La presente queja se hasa en haber cuestionado en tien po la inteligencia del artículo 5, inciso 8" de la ley número 2873, que obliga a las empresas ferroviarias a colocar barrems en los pasos a nivel y ser la sentencia dictada por la Excetentisima Cámara Federal contraria al derecho que se apoyó en el mencionado artículo.
La resolución de la mencionada Cámara, que deniega e ncurso extraordinario interpuesto para ante Vuestra Excelencía se funda en haberse controvertido en el pleito úmicaments cuestiones de hecho, acerca de si se ha acreditado que era e no necesaria la colocación de harreras en el paso a nivel donde aeurrió el accidente, Este fundamento se ajusta a las constancias de autos y es suficiente para dectarar la improcedencia «del recurso deducido, desde que no se ha debatido en el pleito la im ieligeneia «le la ley mimero 2873, habiéndose limitado los ariba nales inferiores a apreciar la prueba sobre la forma em que Lo empresa demandada cumple Ins obligaciones que le impone dich
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:298
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