Que como a las doce horas del día citado en circunstancias «que el procesado Aurelio Herrera, se hallaba en casa de su abuelo Gaspar Herrera, a raiz de una cuestión suscitada en el momento, aquél tomó un "winchester" que había en el interior de la habitación de Gaspar e hiriendo a éste de un disparo. produciéndole la muerte en el acto.
A fs. 1, la instrucción tiene conocimiento del hecho y resuelve constituirse en el lugar, como consta a fs. 2.
A fs. 3 vta. presta declaración indagatoria el procesado Aurelio Herrera, confesándose autor de la muerte de su aliuelo y expresando que el hecho tuvo origen en la venta de una yegua de su propiedad que hizo a éste. Que amenazándolo su ahuelo con castigarlo, entró a la pieza y tomando un "winchester" cargado que había sobre el baúl, salió afuera e hizo un disparo desde una distancia de dos metros, hiriéndolo mortalmente en cl pecho. Que luego llevó el cadáver hasta una excavación a unos 20 metros del rancho donde lo dejó, revisándole los bolsillos y el cinto sin encontrar nada, Que descargó el "winchester" ocultándolo en un pastizal distante unos 100 metros. Que cuando los miembros de su familia preguntaban por el autor del hecho él les contestaba que lo ignoraba, habiendo dejado a su abuelo cn perfectas condiciones, Reconoce el arma, empleada.
Euscbia de Moreno depone a fs. 8, que a las 12 horas del día del hecho sintió dos o tres detonaciones, a lo que no dió importancia. Que momentos después pasó por su casa el menor Manuel Herrera manifestándole que su abuelo se hallaba caido en una excavación.
El menor Manuel Herrera declara a fs. 10 que a las 15 horas salió a repuntar las majadas deteniéndose frente al rancho de su abuelo, pero como no saliera siguió sti camino encontrándose con el cuerpo de aquél caído en una excavación, por lo que resolvió regresar a su domicilio a dar cuenta de lo visto.
Julián Díaz a fs. 11 vta. dice que siendo las 11 horas del
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:64
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