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Fallos: 162:46 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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Ferrocarriles del Estado contra los señores Compagne Hermanos, sobre expropiación.

Sumario: La garantia constitucional que exige la calificación por ley para que haya lugar a la expropiación, no importa la obligación del Congreso, de dictar una ley especial para cade una de las propiedades que sea afectada por la obra púEica a realizar. pues basta la autorización general para expropiar que haga la ley nacional respectiva.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Santiago Agosto 12 de 1930.

Y Vistos:

Que a fojas 4 se presenta don Braulio Pereyra en representación de los Ferrocarriles del Estado acompañando una boleta de depósito cn el Banco de la Nación Argentina por la suma de ciento cuarenta y un pesos con cuarenta y ocho centavos nacionales en que aprecia el valor de ciento treinta y un mil quinientos ochenta metros cuadrados de tierra que afecta la forma diseñada en el plano que también adjunta ; que en ese sentido inicia juicio de expropiación fundado en las disposiciones de los artículos 7", 3" y 1' de las leyes 5513, 5757, 6369 y 5703. Termina su exposición pidiendo se fije definitivamente en caso de no ponerse de acuerdo las partes, el precio que debe pagarse y oportunamente se ordene la escrituración a favor de su representado con las costas en el orden establecido por el artículo 18 de la ley 189. De conformidad con el trámite sumario, se convocó a las partes a la audiencia que tuvo lugar a fojas 21

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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:46 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-46

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