al mímmum que prevé el art. 3", inciso 1" de la ley N" 4055 según la interpretación dada por esta Corte Suprema en el caso "Chadwick, Weir y Compañía, tercería de dominio", fallada recientemente en 7 del corriente mes y año; y así se declara.
En cuanto al recurso extraordinario, que procede por tratarse de la interpretación de la ley N" 9688 con resultado contrario al derecho invocado por el recurrente, la sentencia contraría el texto del art. 9" de la citada ley y la constante jurisprudencia de esta Curte Suprema (Conf. Fallos: tomo 138 pág. 138 y el de 24 de Junio del año en curso, causa "Miguel Salomón contra el Gobierno Nacional, por indemnización de accidente del trahajo").
En su mérito se resuelve reformar la sentencia recurrida en el sentido de que el Gubierno Nacional debe depositar el importe de la indemnización a cuyo pago fué cundenado, en la Caja de Pensiones y Jubilaciones Civiles, Sección Accidentes, para su inversión en títulos de crédito y pago de la renta mensual al azcidentado. Sin costas. Hágase saber y devuélvanse los autos para su cumplimiento.
J. FIGUEROA ALCORTA. — ROserTtu
REPETTO, — R. Guino LAVALLE,
— ANTONIO SAGARNA. — JULIÁN V. Pera.
Banco Itulo Español contra don Agustín Cangiani, sobre cobro de pesos. Exerpción de incompetencia de jurisdicción.
Simario: El extranjero demandado, que ha aceptado en el juicio principal la jurisdicción ordinaria, no puede invocar en su favor el fuero federal, en un accidente de aquél.
Cuso: Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:104
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