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Fallos: 161:54 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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5 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA E jurisprudencia de est Corte, 0 es sunceptible de observación alguna, toda vez que el Juez del convento especial para el cum plimiento de la obligación de que se trata. lo es asimismo el del domicilio del deudor concursado (Fallos citados, tomo 97, pág, 154: tomo 121 pág. 388 : tomo 137 pág. 95 ).

Por ello, vido el señor Procurador General, se declara que el Juez competente en el caso es el de Primera Mustancia en lo Civil de esta Capital, a quien en consecuencia se remitirán los autos avisandose al Juez de Dolores, Provincia de Buenos Aires.

en la forma de estilo. Repóngnse el papel, 1 Ficreros Atconra. Roneeto Reverro. — K. Grano LAavatie.

— ANTONIO SAGARNA. — JrrIÁS V. Pera.

Sencrrio Mstraido con motivo de un accidente de Láfico ocurrido ¿e las vias de los ferrocarriles de Entre Fios, Sagurio: Corresponde a la justicia federal la averiguación y easties: de los enipables en los casos comprendidos en el titeo V de la ley 2873, y que afectan la seguridad y el trifico de los ferrocarriles nacionales, Caso: Lo explican Las piezas siguiente: :

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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:54 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-161/pagina-54

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