az FALLOS DE LA CORTE SUPREMA la existencia del documento acompañado por la provincia de Membora, pues no hay en los libros, cartas y amtecedentes que e bran aquí la más minima referencia a st respecto: h) Que sit parte en ningún momento ha amorizado La remuancia que consigno ee doemmiento eiya eficacia juridicr desconoce.
ue abierta la emisa a prueba fojas 05 vuelta y fojas 72.
« rredujo por ambas partes la que expresa el certificado de hojas 177, alerámdose sobre su mérito a fojas 282 y fojas 200, Y fojas ADA vuelta se pusieron los autos al despacho Mamáne edose antes para definitiva a fojas 320: y Considerando :
Que como resulta de la precedente relación de la cansa, la Societat Anóbima Bodegas y Viñedos CGiol demanda a la provincia de Mendoza por inconstitucionalidad de las leyes 758, 759 y SI0 y devolución consiguiente de los impuestos pagarlos en
Que no existe cuestión acerca de la invalidez de estas tres leyes, desde que la provincia demandada, aentamdo las ulecisióos nes pronunciadas por este Tribal en otros juicios, ha deelarado que reconoce la inconstitucionalidad de las mismas.
Cue partiendo de tales antecedentes, la presente "Titis" que da circunseripta a determinar: 17 si las partidas 1) y y pane das por la setora de acuerdo con las leyes 758 y 759 son sir ecptibles de la repetición que se pretende en presencia de la
Compartir
59Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1931, CSJN Fallos: 161:32
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-161/pagina-32
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 161 en el número: 32 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos