al ampare de la Tey del año 1915. 63 derecho adquirido estaria constituido por la obligación de pagar un impuesto menor jue el señalado por ls ley posterior, Entretanto, tn derecho de esa naturaleza no ha podido nacer entre el dendor del impuesto y e Estado, sino melante un contrato o una convención especial por virtud de la cual aquél se haya incorporado al patrimania del conrilmyente, y tal no es el eno en el preste juicio, Que, por atra parte, las leyes impugnadas no hiacel 15:
vitar el impuesto
OQue en la ley impugnada, el punto de referencia para la aplicación del impuesto es el acto que "exteriorice" la trans misión gratuita y no la muerte", El acto de exteriorización es le declaratoria de herederos 0 en su caso el auto aprobatorio del testamento cuando se trata de sucesiones iniciadas ante los tribunales del Estado. Y es el acto de protocolización en e caso «de sucesiones incondas fuera de la jurisdicción de la proviencia, pero en cuyo acervo figuren hienes situados dentro de ella. La elasificación contenida en los actos de exteriorización distinguiendo entre declaratoria de herederos y auto aprobatorio del testamento por una parte y fecha de la protocolización por otra, no es arbitrario, pues adoptado aquel punto de partida y no interviniendo los tribunales de la provincia en las sucesiones | .
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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:279
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