manifestándose conformes en que se nombrara a los peritos ingenieros Santiago Fitz Simón y M. J. Barbich, lo que se hizo a fs, 22 vta.
Que presentadas las pericias de los técnicos fs. 36 y fs. 55 y encontrándose sus autores en disidencia, fué designado como tercero el ingeniero Jorge Cordeyro Echague, quien se expidió 2 fs. 85. A fs, 102 vta, se llamó autos para definitiva tomando intervención el juicio a fs. 103 el nuevo representante de la Provincia de Buenos Aires; y Considerando :-_Que como resulta de la precedente relación de la causa 10 existe disconformidad entre los litigantes respecto del hecho enpital de la ocupación por la Provincia de Buenos Aires de una parte de un inmueble del dominio privado de los herederos de doña Aniceta Ana Correa de Núñez, necesaria para la canalización del Arroyo Sarandi y de su ensanche ulterior, obra púHica ordenada por diversas leyes y decretos de la Provincia de Buenos Aires correspondientes a los años 1896, 1912 y 1925, la misma que fué realizada sin pagar el valor de la tierra toma daa la propiedad particular. No la hay tampoco acerez del derecho de dominio de los actores sobre los terrenos ocupados por la obra pública ni por consiguiente sobre el derecho de los mismos para reclamar una indemnización por el valor de la cosa de que han sido desposcidos por el Gobierno de la Provincia.
Independientemente de que el contenido del escrito de fs. 2 suscripto por el representante de la Provincia demandada presupone todas esas conformidades, la información pericial y 1:
pruebe traida a los autos también lo permiten aseverar así.
Que existe asimismo acuerdo entre las partes aceren de que la totalidad de la superficie de terreno ha sido ocupada por el expropiante en tres fechas diversas lo suficientemente separadas unas de otras para hacer indispensable la fijación de valores
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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:437
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