FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Mayo 11 de 1931.
Y Vistos:
Los presentes autos seguidos por don José Tunkieviez centra el Frigorifico Swift sobre indemnización de accidente de trabajo, en cuanto ál recurso extraordmario concedido, de la resolución de la Cámara 2. de Apelación de la Plata: y Considerando : :
Que la presente demanda ha sido entablada ante los trihbunales provinciales de la ciudad de La Plata y lel demandado ha deducido excepción de incompetencia, fundándose para ello en que el lugar del accidente que es la zona del puerto de dicha ciudad con sus terrenos, instalaciones y accesorios fué cedido por la Provincia a la Nación, según la autorización conferida por la Ley N" 4436 y demás actos complementarios. Sostiene que dado lo dispuesto por el inc. 27 del art. 67 de la Constitución, que excluye la jurisdicción provincial, corresponde el conocimiento del caso a los jueces nacionales, sea el Federal de La Plata o los ordinarios de la Capital Federal, donde la empresa demandada tiene su domicilio.
Que es improcedente desde luego la intervención de los jueces nacionales del fuero federal u ordinario de la Capital Federal. No encuadra en efecto este juicio, sea por razón de las personas o de la materia, en ninguno de los que determinan la jurisdicción federal y en cuanto a la justicia ordinaria de la Capital, tampoco corresponde a los límites en que ella ejercita sus funciones.
Que no puede atribuirse el conocimiento del asunto a estos últimos jueces en razón de ser los del domicilio del deman
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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:353
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