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Fallos: 160:322 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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322 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Los señores Jueces dectores Argañarás, Etcheverry Boneo y Casaux Alsina, por los mismos fundamentos aducidos precedentemente por el señor Juez doctor Ballesteros, votaron et igual sentido.

Vento el resultado de la votación a la primera cuestión, el Tribunal resolvió no ocuparse de la segunda planteada.

Sentencia Y Vistos; Considerando : :

Que la jurisdicción de esta Corte a que se refiere el ar sieulo 157, inciso 1 de la Constitución de la provincia, reglamentado por el artículo 382, incisos 1° y 2° del Código de Procedimientos, está limitada en los casos en que se cuestione la validez o inteligencia de alguna cláusula de Tu Constitución de la provincia que hubiese sido violada por leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos dictados por la autoridad pública sobre materia regida por dicha Constitución.

Que en tales condiciones es improcedente el recurso interpuesto en crnto pretendo sostener — por via de inconstitucio nalidad — que la ley número 3972, artículo 13, 2° parte, viols prescripciones de Ta Constitución Nacional. .

Por estos fundamentos, los demás formulados en el acuerdo que precede, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se desestima el recurso interpuesto, con costas,
ACTO DE LA CAMARA 1 DE APELACIÓN
La Plata, Diciembre Y de 19:50 , Autos y Vistos:

Habiéndose encstionado E validez del artículo 13 de da ley número 3972 de la provincia afirmándose que es repre

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:322 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-322

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