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Fallos: 160:200 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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Que de lo expuesto se infiere que la fijación del valor de las tierras expropiadas requiere la dilucidación previa de la cuestión de saber si ellos se encontraban o no bajo riego en el momento de producirse el desapoderamiento. Respecto del lote C.. no es éste un punto que se encuentre bien esclarecido. En efecto, el canal Colonia Federal mediante el cual se obtien actualmente el riego de la parcela C, no existía con sus caricteres presentes. Era en la hipótesis más favorable para el xctor una simple acequia que no proporcional ninguna seguridad de permanencia en el aprovisionamiento del agur. Asi se infiere, no tan sólo de que se omitiese toda referencia sobre el parti cular en la escritura de división de condominio del "campo Riveros", como también de que el propietario al iniciar la deman de de expropiación no hiciera mención de esa circunstancia tan importante y fijara un precio unitario de trescientos pesos la hectárea = toda la fracción. Respecto de la parcela BB, puede afirmarse sin duda alguna que carecía de irrigación en el momerito de la expropiación, Que el actor a fojas 159 ha acompañado un certificado expedido por la Dirección de Obras Públicas de la Provineia de

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:200 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-200

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