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Fallos: 160:194 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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194 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA inciso 4" de la ley 3975. que castiga con multa y prisión a los que pongan a sabiendas sobre sus productos o efectos de sit comercio una marca ajena.

Por lo expuesto pido a V. E. se sirva confirmar el fallo apelado en cuanto ha podido ser materia del recurso deducido.

Horacio . Larreta.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA (1) Buenos Aires, Abril 10 de 1931.

Y Vistos:

El recurso extraordinario interpuesto y concedido contra sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capita! en el juicio seguido por la S. A. "La Argentina" y otros, contra Luis Borzani por usurpación de marca; y Considerando :

Que hahiendose desconocido el derecho fundado por el recurrente en los arts. 55 y 48 de la Ley N" 3975, procede de-larar hien concedido el recurso interpuesto.

CQue con respecto a la defensa de prescripción opuesta, cabe consignar que el conocimiento de que los acusados rellenahan con productos de su fabricación, envases con marcas de los querellantes dió motivo a éstos para levantar en 3 de Octebre de 1927 una protesta (fojás 71). pero 10 sol estos hechos los que motivan la querella, sinó los cometidos con posterioridad.

cvidenciados al cumplirse las medidas decretadas por el Juez Federal, y que significan la comisión de distintos delitos y en tal carácter deben considerarse, ya que No constituyendo las infracciones a la Ley de Marcas. un delito continuo, corresponde tenerlas por cometidas cada vez que se infringen las disposiciones de la misma.

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:194 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-194

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