diario: y atenta la comunicación del Ministerio de Gohierno que corre agregada a fojas 13, la clausura del diario ha obedecido a que el señor Bertotto, no obstante las prevenciones que verbalmente se le hicieron por el señor Jefe de Policia del Rosario, nsístió en una prédica que las autoridades provinciales conceptúan subversiva y contraria al orden.
€) El caso corresponde a la jurisdicción federal por tratarse de órdenes impartidas en nombre del Interventor Nacional, como lo expresa el señor Juez a quo en su resolución de fojas 18.
dy Bajo nuestro sistema político, tota lesión ilegítima a los derechos y libertades individuales deben encontrar str amparo eu el poder judicial, y a tal efecto. se faculta a éste para impedir la aplicación de las leyes del Congreso. o los decretos del Ejecutivo, cuando no se ajustan a las normas previstas en la Constitución. Ese amparo puede gestionarse por los procedimientos del juicio ordinario, o de querellas criminales, o de recursos sumarisimos según la materia de que se trate, y déseles o no el nombre de habeas corpus: y no hay motivo para sostener como lo hace el señor Juez a quo que esta última vía quede reservada exclusivamente y a los casos de detención ilegal de personas, puesto que los artículos 617 y 634 del Código de Procedimientos en lo Criminal se refieren a cualquier restricción de la libertad.
y además, es de práctica tramitar por procedimientos sumarios los reclamos sobre amparo del derecho de remión (meetings políticos), de emisión del voto (secuestro de libretas, etcétera), libre entrada al territorio argentino (habeas corpus de inmigrantes). y otros similares.
e) Sin embargo, el amparo del poder judicial no puede tener lugar en el caso sub judice, porque el país se halla en estado de sitio, y vigente tal estado quedan en suspenso las garantias constitucionales, y entre ellas las de emitir ideas por la prensa y reunirse libremente (Artículo 23, Constitución Nacional). El Congreso 0 el Ejecutivo son los únicos poderes a «quienes se ha
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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:108
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