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Fallos: 16:450 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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fesion implícita, tiene en su favor ue se conforma con las partidas de la cuenta de f. 4>.

5° Que en cuento al precio del lastre, corrobora el valor asignado por confesion implícita, el hecho de asignar, el demandado y contrademandante Hlessing cuarenta y tres pesos m/e. por tonelada de arena en el año 1874 lo que es mas que lo cobrado y el no menos notable de no haberlos argúidos de excesivos, cuendo es práctica que se fije en los recibos que sé dan por'los buques que los reciben y ha tenido Diemsivg en su poder, por lo que no ha podido alegar equivocación y alegada produciría el efecto de una posición 4 que no se quisiera responder, es decir de una confesión de la verdad de la pregunta (art, 110 ley de Enjuiciamiento.) Por estas consideraciones, fallo que D, Ricardo Blessing pague 4 los diez días Jo notificado el valor de la cuenta de f, 4° con sús intereses legales desde la demanda y costas del juício. Repónganse los sellos y notifíquese con el original.

Jidoro Albarracin.

Vatio de la Sapremas Corto.

Buenos Aires, Uctubre 16 de 1875, Vistos: por sus fundamentos, s0 confirma con costas el sulo apolado de foja cuarenta y sois; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse, Sacvanon M. pst Cinmt.— José mhos Pazos.—J. B Conos» TUGA.—J. Domnoues.

—— o,

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:450 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-450

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