nocido la mitad de su valor); Diciembre 13, dos pañuelos de algodon, 4 reales (se ha descargado el valor de uno por falta de entrega ); Diciembre 13, un sombrero, 3 pesos A reales (se encuentra igualmente descargado por la misma causa que se espresa en la partida anterior). Por estos tundamentos, definitivamente juzgando, fallo y declaro: que condeno 4 D. Manuel Fernandez al pago del saldo líquido que resulte en su contra de la liquidacion que debe praclicarse con arreglo á las bases consignadas én los considerandos que preceden, sin especial condenación en costas y hágase saber.
Mardoqueo Molina, Habiendo apelado las dos partes, se dictó el siguiente:
Fallo de la Suprema Corto.
Buenos Aires, Setiembre 2 de 1875, Vistos: por sus fundamentos se confirma el auto apelado de fojas treinta y siete vuelta; salisfechas las costas de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
SaLvanorn M. nEL CAnni.—Jost Dannos Pazos. —J, B.-GonosTIAGA.—J, Doxmorzez.
—] DD —
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:333
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