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Fallos: 16:163 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Fale de Juez de Meccion, Buenos Alres, Abril 7 de 1875.

Vislos : estos autos seguidos par D. Guillermo Matti con D. Mariano Saavedra Zavalcta, por espropiscion de la traza del ferro-carril 4 Campana y especialmente en las escepciones de incompetencia y defecto legal en la demanda, y considerando :

1° Que aunque es verdad que por el artículo 1 de la ley provincial de concesion de dicho ferro-carril; de Setiembre de 1870, se hace relacion de la Sociedad de Guillermo Matti y °, en la subsiguiente solo se refiere al concesionario y en las leyes sucesivas, la provincial de Agosto 4871 y la nacional de Octabr» de 1870, qué gurante el interés del ca— pital en esplotación, se menciona solamente al Sr. Matti como concesionario; siendo Je aplicacion al caso actual Ja de 1870 que es la que acuerda la expropiación y las dos últimas como posteriores con fuerza sobre la primera, de lodo lo que se Jesprende, que el Sr. Maiti al reclamarlo, ejerce acciones que le pertenecen esclusiva y originalmente ; 20 Que aunque se haya preceptuado por la ley, que se acompoñen con la demanda los documentos que lo justifiquen, se halla declarado en repetidos fallos de la Corte Súprema, que esta falta mo importa un defecto legal en la demanda y no constiluye una escepcion dilaloriía sinó que impone únicamente al que no lo la hecho, las restricciones de que habla el inciso 2 del art. 10 do la ley de procedimientos ; 3' Que siendo el Sr. Matti ciudadano suizó, y argentino el demandado Sr. Soavedra Zavaleta, corresponde de confurmidad al inciso 20, art. 2- de la ley de jurísdiccion y com

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:163 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-163

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