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Fallos: 159:235 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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«Intonio Sosa, criminal, contra, por hurto. Contienda de competencia.

Sumario: Es de la competencia de la justicia federal, el caso referentc a un delito común que aparece cometido en el puerto de la Capital, en lugar delimitado, cercado y materialmente definido como zona aduanera y portuaria, esto es. donde cl Gobierno Nacional tiene absoluta y exclusiva jurisdicción.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :

VISTA FISCAL
Señor Juez:

A fin de poder dictamiriar sobre la competencia solicito se libre oficio a la Prefectura General de Puertos y a la Policia de la Capital, para que informen si el lugar en donde ocurrió el hecho que ha dado origen a este proceso, Avenida Oeste y Lavalle, está sujeto a la exclusiva jurisdción nacional.

Sin perjuicio de ello y estando acreditados los extremos del artículo 366 del Cód. de Procs. Criminales, corresponde convertir en prisión la detención que sufre el procesado Antonio Sosa. — Julio 22930. — M, Ortíz Pereyra.

AUTO DEL JUEZ FEDERAL | Buenos Aires, Julio 25 de 1930 Autos y Vistos:

1° Que Antonio Sosa fué detenido por un marinero de la Prefectura General Maritima y entregado a un agente de policia de la sección 22, en razón de que el sereno de la Aduana Manuel

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Año: 1931, CSJN Fallos: 159:235 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-159/pagina-235

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