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Fallos: 159:187 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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Mario Levi, — cansa instruida en su contra, por infracción a la ley número 4097, sobre juegos prohibidos. Competencia negativa, Sumario: 1 No corresponde al fuero federal por razón del lugar, entender en una causa por un delito cometido fuera del Puerto de la Capital, en paraje sometido a jurisdicción común.

2" Tratándose de delitos de carácter común y siendo la jurisdicción federal por su naturaleza, excepcional y restrinkida. su ejercicio no procede mientras no aparezca claramente y de modo expreso o por necesaria inducción, que el Caso sea de su competencia. (Fallos, tomo 48 pág. 151 ).

Cuso: Lo explican las piezas siguientes :

AUTO DEL JUEZ CORRECCIONAL :
Buenos Aires, Agosto 22 de 1930.

Autos y Vistos:

Resultando de autos, que el hecho de lesiones previsto y penado en el art. 89 del Código Penal que se atribuye conjuntamente con la infracción a la ley 4097 a Mario Levi, aparece cometido en la zona portuaria. en la que tiene exclusiva jurisdicción el Gobierno Nacional, declárase incompetente el suscripto para conocer en la presente causa, que deberá ser remitida al señor Juez Federal, doctor Miguel L. Jantus, cn el día, en razón de estar el expresado Levi privado de su libertad y haviéndose saber que en caso de disconformidad con esta resolución se sirva tener por trabada la cuestión de competencia, elevando los autos a la Suprema Corte de la Nación, a fin de que la dirima; con no

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Año: 1931, CSJN Fallos: 159:187 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-159/pagina-187

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