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Fallos: 159:192 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 14 de 1930.

Suprema Corte:

Entre el señor Juez Correccional de esta Capital doctor Vietorino Ortega y el señor Juez Federal en lo Criminal y Correccional, también de esta Capital, doctor Miguel L.. Jantus, se hi trabado contienda de competencia negativa para conocer en la presente causa instruida a Mario Levi, por el delito de lesiones previsto por el art. 89 del Código Penal y por infracción a la ley número 4097, sobre juegos de azar y loterías no autorizadas.

Can sujeción a lo dispuesto «en el art. 9, inc. b) de la ley número 4035, corresponde a V. E. dirimir la contienda suscitada.

El señor Juez Correccional fundamenta su negativa en la circunstancia de que, asu juicio, los hechos imputados a Levi aparecen cometidos "cn la zona portuaria en la que tiene exclusiva jurisdicción el Gohierno Nacional".

El señor Juez Federal sostiene, a su vez, que dado el carácter excepcional de la jurisdicción federal, para que proceda ésta es necesario que resulte de una manera clara e indubitable que el hecho cometido encuadra dentro de los vasos enumerados raxativamente en la ley número 48 sobre jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales, lo que no ocurre en el caso "sub judice", dado que no puede determinarse que el lugar en que se cometieron los hechos imputados sea de embarque y desembar«que habilitado como puerto.

Del examen de las presentes actuaciones se desprende que los hechos de que se trata revisten, "prima facie", el cardbter de delitos o infracciones de naturaleza común y que ellos aparecen cometidos en la vía pública. en un paraje situado frente al galpón número 1 de la Dársena Sud, a la altura de las calles Pedro Mendoza y Colorado.

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Año: 1931, CSJN Fallos: 159:192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-159/pagina-192

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