Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 158:299 de la CSJN Argentina - Año: 1930

Anterior ... | Siguiente ...

y forma la obligación impuesta de regular honorarios al actor, Sin costas, atenta la naturaleza de la causa. Hágase saber, repóngase el papel y archivese.


J. FIGUEROA ALCORTA. — ANTONIO
SaGARNA. — BB. A. NAZAR AN

CHORENA.
Doña Laurinda M. de Santos Lobo, en el juicio sucesorio de don Francisco Murtinho, sobre diligenciamiento de un exhorto. Recurso de hecho, Sumario: 1° No es susceptible de ser revisada por la vía del recurso extraordinario, la resolución que estableció la inapliCabilidad de la ley 11.287 por falta de promulgación y acción, y rechazó la impugnación de invalidez constitucional, si tal fallo fué consentido y apelado por las costas.

2" No puede impedir los efectos de dicha aceptación, la insistencia posterior en el mismo alegato, porque ello carece de eftacia para hacer revivir una cuestión que ha quedado diminada de la litis, ni la falta de interés alegada, porque a los efectos del debate en la segunda instancia, la cuestión de inconstitucionalidad era de primordial importancia para quien la promoviera, y al apelar debió, en consecuencia, dejar a salvo su disentimiento con la decisión en lo que respecta a ese punto de fundamental interés para la causa.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

88

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1930, CSJN Fallos: 158:299 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-158/pagina-299

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 158 en el número: 299 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos