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Fallos: 157:324 de la CSJN Argentina - Año: 1930

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firió a la actora, tomándose debida nota en la Dira:ción de Minas en Mayo 5 de 1913, y como el 9 del citado, el P. E. dictara el decreto cuya inconstitucionalidad persigue la actora, el Gobierno- Nacional, por resolución de Noviembre 14 de 1923, confirmatoria de la de Mayo 19 de 1913 de la Dirección de Minas, declaró la caducidad de su permiso de cateo, la desalojó de la zona que tenía derecho a explorar en virtud del mismo y la suplantó en tales exploraciones, por lo que protestó en forma y obtuvo venia legislativa para- demandar a la Nación.

Se extiende la actora en una larga serie de estudios, citas, comentarios, antecedentes y reflexiones acerca de lo dispuesto en el Código de Mineria, sostiene por mandato de la ley, el cedente de la actora, por el hecho de haber solicitado el permiso de cateo, con las publicaciones y depósitos prealudidos y no mediar oposición, obtuvo el derecho de hacer exploraciones en busca de petróleo dentro del recinto a que se refiere aquella solicitud.

Sea de quien sea tal terreno, afirma la actora que st derecho es incuestionable, señala que la Nación no debe ni tiene por qué suplantar a los particulares en la exploración y explotación de las minas; expresa que el P. E. no puede mediante el decreto de Mayo 9 de 1913, derogar las disposiciones del Código de Minería, pues ha prohibido denuncias y exploraciones que el Código concede, vulnerando así los derechos de la actora y elaros preceptos de la Constitución Nacional.

Indica que no ha podido el P. E. invocar disposiciones de la ley 4167 al dictar ese decreto, pues tal ley nada tiene que hacer con la materia de que se trata y las reservas decretadas en la simple forma en que lo hizo el P. E. ha debido hacerse únicamente por via de expropiación con la respectiva ley que la establezca.

Invoca un fallo de la Suprema Corte dictado en la causa Horta v. Harguindeguy y luego de otras reflexiones solicita se decare ilegal e inconstitucional el decreto del P. E. fecha Mayo 9 de 1913 y se reconozca el derecho de la actora pura continuar

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Año: 1930, CSJN Fallos: 157:324 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-157/pagina-324

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