Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 157:304 de la CSJN Argentina - Año: 1930

Anterior ... | Siguiente ...

Doña Isabel María Duggan de Hope y otros contra la Provincia de Buenos ñires, sobre inconstitucionalidad del impuesto a la herencia.

Sumario: 1 El artículo 39, inciso 7° de la ley de la Provincia de Buenos Aires, de 12 de Abril de 1923, sobre trasmisión gratuita de bienes, vulnera el principio de igualdad en el impuesto, consagrado por el artículo 16 de la Constitución Nacional.

2 El error de hecho no perjudica desde que no se ha alegado negligencia culpable del acreedor ( artículo 929, Código Civil), y el deudor queda oliligado a reconocer el credito omitido con arreglo a lo que expresamente determina sobre él particular el artículo 797 del Código citado. (Fallos, tomo 154. página 85, considerando 4).

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Mayo 12 de 1930.

Suprema Corte:

Visto lo manifestado por el representante de la demandada en el segundo otro si del precedente escrito, no veo inconvenientr en que V. E. acceda a lo peticionado por el repres:ntante de la parte actora en su escrito de fs. 32.

Y en cuanto al fondo debatido én este asunto: El procurador don Mario S. Marini, en representación de doña Isabel María Duggan de Hope, doña Marcela Duggan de Torres y don Ber nardo Lorenzo Duggan; demandan a la Provincia de Buenos Aires por repetición de sumas de dinero cobradas de más a sus mandantes en los autos suecsorios de doña Marcela Juana Casey

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

102

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1930, CSJN Fallos: 157:304 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-157/pagina-304

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 157 en el número: 304 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos